UNIDAD 2.- S5. Actividad 2. Análisis y abstracción de información


MARCO TEORICO
La patria potestad y la guarda custodia son 2 términos de naturaleza jurídica, aunque concebidas en diferente tiempo.
La patria potestad se remonta desde la época romana y el derecho que se tenía sobre los hijos, aunque se ha ido actualizando con el tiempo hasta llegar a ser lo que se conoce al día de hoy.
Mientras la guarda y custodia se menciona por ahí del año de 1981. Esta se encuentra derivada de la filiación y parentesco de la institución que es la patria potestad y ha tenido una evolución importante en las relaciones familiares y en la propia ley.
Estos 2 términos se fueron agregando a derechos internacionales del menor para preservar y garantizar los derechos superiores del menor e ir mejorando su calidad de vida a nivel mundial garantizándoles bienestar y cuidado.
En México se hace referencia en 1870 y 1884 donde se reconoce la patria potestad para ambos padres.
En el artículo 4 se hace mención implícita de la patria potestad y del interés superior de la niñez y en el cual se deben garantizar los derechos del menor.
Pero que es lo que es la patria potestad en México, en general son los derechos y obligaciones que tienes los padres hacia los hijos en relación a sus bienes, mientras la guarda y custodia son los derechos y obligaciones que se tiene de los cuidados cotidianos del menor. La guarda y custodia puede tener diversas modalidades:
·         Custodia única
·         Custodia compartida
·         Custodia concurrente
·         Custodia alternada
·         Custodia dividida
Aun al día de hoy es habitual que se confunda los términos al no tener conocimientos jurídicos de estos. Al día de hoy en los juzgados o tribunales, debe de establecer mediante la norma del ejercicio compartido la patria potestad; y la guarda y custodia se debe establecer ya sea compartida por ambos progenitores, o bien, de forma exclusiva en uno solo de estos. Todo esto por el bien superior del menor y que este puede crecer en un ambiente propicio de amor y cuidados sin que alguno de los padres pierda el derecho de una sana convivencia hacia el menor.
Aunque en la mayoría de los casos es la mujer la que se queda a los menores; también la ley se ha ido actualizando de igual manera para los padres en este caso varón que quiera tomar esta responsabilidad de poder tener a sus hijos en guarda y custodia.
Por lo que en resumen es necesario que la ley también vaya puliendo detalles que puedan dar en su totalidad la misma igualdad hacia el varón ya que en muy pocos casos el hombre es quien gana la guarda y custodia o en su caso la patria potestad del menor.

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